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El BOJA se adapta a los cambios tecnológicos para promover la protección de datos

ANDALUCÍA. El Gobierno de la Junta ha aprobado el nuevo reglamento del Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), en sustitución del vigente desde 2012. La norma se adapta a los cambios normativos y tecnológicos de los últimos años y establece el medio electrónico como única forma de relación con la unidad encargada de su edición y difusión. En consonancia con el compromiso del Gobierno andaluz con la modernización administrativa, la transparencia y la apertura de datos, la publicación se ofrecerá también en formatos abiertos y susceptibles de reutilización.
 
Como principal novedad, el decreto incluye la regulación expresa de dos medidas técnicas destinadas a reforzar la protección de datos de carácter personal. La primera es el establecimiento de un mecanismo para que se pueda solicitar la desindexación de los mismos en la publicación electrónica del BOJA, ante el centro directivo con competencias en su gestión. La segunda dispone la ocultación, a los seis meses de su publicación, de los textos que contengan datos de carácter personal publicados en el suplemento de Anuncios.
 
Ambas medidas responden a la creciente demanda ciudadana de evitar que los buscadores localicen aquellos textos donde se hayan publicado datos personales necesarios en su momento para el cumplimiento de una obligación administrativa, pero cuya permanencia puede no estar ya justificada.
 
El decreto también introduce diversas mejoras en los procedimientos de confección, envío y publicación de textos; la ampliación del abanico de personas susceptibles de tener la facultad de su remisión, y una nueva distribución de capítulos y artículos, además de medidas de revisión y clarificación de la redacción.
 
Finalmente, la norma prevé flexibilizar la frecuencia de publicación, con la posibilidad de emitir más de un boletín ordinario al día, así como boletines extraordinarios cualquier día del año; redefine la estructura de secciones para hacerla más accesible a los intereses de la ciudadanía, y crea dos suplementos –Administración de Justicia y Anuncios– que, por sus características, merecen un tratamiento diferenciado.
 
El decreto de aprobación del reglamento establece un periodo de seis meses, a partir de su publicación, para la preparación de todos los cambios que recoge y su correspondiente entrada en vigor.