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Una bolsa de viviendas facilitará a los titulares su permuta por otras más adecuadas a sus circunstancias

VIVIENDA. La Consejería de Fomento y Vivienda ha regulado, mediante la aprobación de una orden, la creación de un bolsa de oferta de viviendas donde se integrarán aquellas cuyas personas titulares necesiten permutarlas por otras más adecuadas a sus circunstancias personales o familiares. Dicha orden atiende a lo establecido en el Plan de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía 2016-2020, que contempla entre sus actuaciones el programa de permutas protegidas de vivienda y la creación de la citada bolsa de oferta.
 
Dicho programa tiene por objeto facilitar el intercambio de viviendas tanto protegidas como libres entre la ciudadanía, garantizando la adecuación de la vivienda a las necesidades de la unidad familiar o de convivencia que la habita, bien a título de dueña o de arrendataria. Para ello es necesario crear previamente una bolsa de oferta de viviendas, donde se registrarán aquellas cuyas personas titulares necesiten permutarlas por otra más adecuada a sus circunstancias personales o familiares.
 
El objetivo es facilitar e incentivar esta transacción sin que suponga un gran desembolso económico, estableciendo para ello dos instrumentos como son la bolsa de oferta de viviendas y la declaración de permuta protegida de vivienda. Además, se incluirá a todas las personas que estén interesadas en permutar su vivienda por otra más adecuada a sus circunstancias personales o familiares.
 
Podrán también incluirse en la bolsa aquellas viviendas de las que sean propietarias las personas que accedan a una vivienda protegida, teniendo otra inadecuada, cuando las ordenanzas del registro correspondiente no hayan regulado la puesta a disposición de dichas viviendas. Igualmente, podrán también incluirse en la bolsa las viviendas que estén en arrendamiento, siempre que la propiedad sea de una entidad pública o cooperativa de viviendas.
 
El procedimiento podrán realizarse presencialmente o vía telemática en la página web de la Consejería http://www.juntadeandalucia.es/fomentoyvivienda. Si se estima la solicitud, dará paso a la publicación de la vivienda en la Bolsa de Oferta de Viviendas, que podrá consultar en la página web. La persona interesada en una vivienda publicada en la Bolsa podrá contactar con el titular o arrendatario a través de la herramienta informática, que permitirá enviarle un mensaje.
 
Para la declaración de permuta protegida de vivienda, al menos una de las unidades familiares o de convivencia deberá ocupar una vivienda no adecuada a sus circunstancias personales o familiares. Los motivos pueden ser el aumento o disminución de la composición familiar; la discapacidad que implique movilidad reducida o dependencia sobrevenidas; víctimas de violencia de género o terrorismo, desplazamiento de residencia por motivos laborales o familiares y la disminución de ingresos.
 
Otro requisito es no ser titular de otra vivienda (además de la que permuta) y el precio máximo de las viviendas será el máximo legal, en el caso de las viviendas protegidas o el fijado a efectos del Impuesto sobre transmisiones Patrimoniales, en el supuesto de las viviendas libres.