Lucena

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Consejería de Fomento y Vivienda y Suvilusa firman un convenio por valor de 4.320.000 euros.

VIVIENDA. El Consejo de Administración de la empresa municipal “Suelo y vivienda de Lucena, S.A. – Suvilusa -” ha acordado firmar un convenio de colaboración con la Consejería de Fomento y Vivienda de la Junta de Andalucía, para desarrollar el Programa de ayudas a personas inquilinas en situación de especial vulnerabilidad para el alquiler de viviendas gestionadas por la sociedad mercantil por un importe de 4.320.000 €.
 
El programa de ayuda al alquiler de vivienda definido como Plan Estatal 2013 – 2016, establece dos líneas diferenciadas: la primera dirigida a personas inquilinas con ingresos limitados para el arrendamiento de una vivienda, y la segunda orientada a atender a familias en situación de especial vulnerabilidad con ingresos inferiores a 1,5 vez el IPREM, para el alquiler de viviendas gestionadas por entidades públicas. En este caso se trata de la segunda de las dos líneas planteadas. 
 
Según indica Juan Pérez, alcalde de Lucena, en su blog, las oficinas de Suvilusa han recogido ya solicitudes a lo largo del mes de septiembre y lo harán hasta el 1 de Octubre (también con la posibilidad de registrar la documentación vía Telemática). Podrán ser susceptibles de subvención las personas que tienen alquilada una vivienda gestionada por Suvilusa, es decir, 80 viviendas en alquiler, en calles Sevilla y Málaga, 6 en calle José Nieto Muñoz, 22 alojamientos protegidos en calle Corazón de Jesús y las viviendas alquiladas con opción a compra en el PAU – 1 El Zarpazo y PP – Oeste 1.
 
Los requisitos para optar a la convocatoria son: ser arrendatario/a de una vivienda habitual sita en la Comunidad Autónoma de Andalucía  y disponer de informe, emitido por los Servicios Sociales, en el que se refleje la situación de especial vulnerabilidad en relación con su composición familiar, la necesidad de vivienda, los ingresos percibidos, así como otras circunstancias especiales que deban tenerse en cuenta. Los ingresos percibidos por la unidad familiar en el año natural anterior a la convocatoria – 2013 – no podrán ser superiores a 1,5 IPREM.
 
Una vez se puedan acoger al plan, los beneficiarios deberán abonar de la renta un importe que no superará el 25% de la suma de los ingresos percibidos por la totalidad de la unidad familiar. La ayuda se destina a contribuir al pago de las mensualidades del año  2014 incluso de contratos ya existentes con anterioridad a la entrada en vigor de la Orden. Además, esta ayuda es compatible con otras.
 
Los criterios de valoración son por orden de mayor a menor puntuación: los ingresos de la unidad familiar, acreditación de desahucio por desempleo de todos sus miembros, situación de desempleo, miembros con discapacidad o dependencia, familias en las que un miembro sea víctima de de violencia de género o  el haber accedido a la vivienda mediante programas de Intermediación en el Mercado del Alquiler.

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