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Las administraciones deberán retirar en 18 meses símbolos de la dictadura franquista tras la entrada en vigor de la Ley de Memoria Democrática

ANDALUCÍA. El Consejo de Gobierno de la Junta ha aprobado el proyecto de Ley de Memoria Democrática de Andalucía, que establece el régimen jurídico de las iniciativas para el reconocimiento de las víctimas de la Guerra Civil y la Dictadura franquista en la comunidad autónoma, bajo los principios de verdad, justicia y reparación.
 
Según los estudios realizados, se calcula en alrededor de 60.000 la cifra de personas consideradas desaparecidas en Andalucía como consecuencia del golpe militar de 1936, la Guerra Civil y la Dictadura. 
 
Respecto a los símbolos, se fija un plazo de 18 meses para la retirada de escudos, placas y nombres de calles, plazas y avenidas que todavía exaltan el golpe de 1936 y el franquismo. Además, se faculta a la administración autonómica para llevar a cabo esta medida subsidiariamente.
 
El texto, que sigue las recomendaciones del relator de las Naciones Unidas para la investigación de las desapariciones forzosas en España, supera y adapta a Andalucía la legislación estatal en vigor, además de ampliar su horizonte temporal. Así, junto con la Segunda República, la Guerra Civil y la Dictadura franquista, incluye la Transición a la democracia hasta la entrada en vigor del Estatuto de Autonomía, con un periodo total que abarca desde el 14 de abril de 1931 hasta el 11 de enero de 1982. 
 
Entre otras novedades, la ley ampliará la consideración de víctima a colectivos como los familiares o los niños robados; reforzará el régimen de protección legal de los espacios, enclaves y bienes muebles y documentales vinculados a la recuperación de la memoria democrática; incluirá su estudio en los currículos educativos, y facultará a la Administración autonómica para emprender acciones y denuncias de crímenes ante los juzgados, de acuerdo con el principio de justicia universal. Asimismo, establecerá la prohibición expresa de exhibición de símbología fascista y obligará a las instituciones a eliminar cualquier vestigio en este sentido.
 
En cuanto al régimen sancionador, el proyecto de ley fija como infracciones muy graves, con multas de entre 10.001 y 150.000 euros, remover o construir en los terrenos donde haya fosas u otros restos humanos, la destrucción de estas o las excavaciones sin autorización. De carácter grave, con multas de entre 2.001 y 10.000 euros, se consideran incumplir la orden de retirada de escudos, insignias o placas; no conservar o realizar obras en los lugares de memoria democrática; trasladar restos humanos sin autorización, o no informar de su hallazgo casual. Entre las leves (multadas con entre 200 y 2.000 euros) figuran la exhibición pública de placas, escudos, insignias y otros elementos; impedir la visita pública, y dañar los espacios o el mobiliario que estén catalogados como Lugares de Memoria. La Junta no subvencionará o dará ayudas públicas a las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas que sean sancionadas.

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