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Abierto el plazo para que empresas afectadas por un ERTE soliciten las nuevas ayudas al mantenimiento del empleo

Las ayudas están dirigidas a todas las empresas afectadas por un ERTE a causa de la pandemia, independientemente de su actividad.

ECONOMÍA. El Servicio Andaluz de Empleo ha abierto el plazo para que las empresas andaluzas afectadas por un ERTE durante la pandemia soliciten las nuevas ayudas al mantenimiento del empleo, independientemente de la actividad económica a la que se dediquen. Esta nueva convocatoria, dotada con 165 millones de euros, prevé beneficiar a 43.200 empresas. Sucede a una anterior aprobada en el mes de abril, de la que se ha ejecutado un presupuesto de 100 millones de euros y ha beneficiado a más de 26.800 empresas, el 97% de las solicitudes recibidas.

La convocatoria, publicada en el BOJA, flexibiliza los requisitos para las entidades solicitantes de cara a facilitar la participación del mayor número de empresas y trabajadores autónomos y garantizar el sostenimiento del empleo vinculado a las mismas, dando respuesta así a las peticiones recibidas cuyas actividades económicas no estaban encuadradas en la relación de más de 200 CNAE que recogía el primer decreto ley y la anterior convocatoria.

Estas novedades se recogen en el Decreto Ley 17/2021 por el que se modifica el DL 4/2021 en el que se regulaban las ayudas al mantenimiento del empleo asalariado en empresas afectadas por un expediente de regulación temporal de empleo tras la declaración del estado de alarma, y que fue convalidado por el Parlamento andaluz.

La principal modificación es la supresión de la relación de actividades económicas subvencionables en las que debía encuadrarse la entidad para optar a la ayuda, lo que va a permitir que la actual convocatoria esté abierta a todas las empresas independientemente de la actividad económica en la que se engloba. Además de dicha modificación, el decreto ley también reduce de tres a un año de referencia para la comprobación del requisito que se refiere al número de personas trabajadoras en alta en la Seguridad Social (dato necesario para calcular el incentivo). Se trata de un cambio que responde a una adaptación necesaria debido a que la Tesorería de la Seguridad Social emite, desde el 1 de julio de 2021, los informes sobre el número medio de trabajadores en alta con referencia al periodo correspondiente al último año, cuando antes se refería a los últimos tres años.

Ayudas tramitadas en menos de 3 meses

La consejera de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo, Rocío Blanco, destacó en una intervención parlamentaria la buena acogida de la primera convocatoria de estas ayudas, que han seguido un proceso de telematización y simplificación administrativa que ha posibilitado su concesión y pago de forma ágil. De hecho, "no sólo el 97% de las 26.217 solicitudes favorables de la primera convocatoria de ayudas al mantenimiento del empleo asalariado fueron notificadas dentro del plazo de tres meses establecidos en el artículo 39 del DL 4/2021, sino que además, el 85,3% de las mismas incluso fueron notificadas antes de los dos meses, y un 30% antes del mes desde su entrada en registro", ha explicado.

Pueden acogerse al incentivo las empresas con una plantilla media de hasta 20 trabajadores en el último año, con uno o varios centros de trabajo ubicados en Andalucía, y que desde el 14 de marzo de 2020 se hayan acogido a un ERTE de Fuerza Mayor o causas ETOP (Expedientes de Regulación de Empleo por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción), en ambos casos relacionadas con la pandemia. Como empresas, se incluye a toda entidad, independientemente de su forma jurídica, que ejerza una actividad económica, incluidas autónomos y entidades sin ánimo de lucro. Estas empresas han de tener, al menos, una persona trabajadora en alta por cuenta ajena independientemente del porcentaje de jornada.