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6 de cada 10 menores tutelados por la Consejería de Salud y Bienestar Social residen con una familia de acogida

CÓRDOBA.      

La Junta agradece la colaboración ciudadana y hace un llamamiento a través de una campaña para incorporar familias que acojan a niños de más de 7 años, grupos de hermanos o menores con alguna discapacidad

Seis de cada 10 menores tutelados en Córdoba por la Consejería de Salud y Bienestar Social residen con una familia de acogida. El acogimiento familiar es la medida del sistema de protección de menores con la que cuenta mayor número de niños y niñas en Córdoba. Esto se traduce en que actualmente más de 200 familias cordobesas acogen a alguno de los menores que tienen asignada esta medida en la provincia.

La delegada territorial de Salud y Bienestar Social, María Isabel Baena, ha expuesto  estos datos en la presentación de una campaña de fomento del acogimiento familiar que va a desarrollar la Asociación de Voluntarios de Acción Social de Puente Genil (AVAS), institución colaboradora de la Junta de Andalucía para el acogimiento familiar en la provincia de Córdoba.

El objetivo de la campaña '¿Quieres ser mi familia? Es tu momento, es su oportunidad...' es incorporar a nuevas familias acogedoras al programa, prestando especial atención a aquellas dispuestas a acoger a niños y niñas con más de 7 años, grupos de hermanos o que presentan alguna discapacidad. Son estos grupos los que encuentran mayores dificultades para ser acogidos, por lo que la campaña incide especialmente en ello. Actualmente, son en torno a 60 los menores residentes en centros de nuestra provincia que son susceptibles de beneficiarse de un acogimiento.

Aumenta la solidaridad

En total, en la provincia de Córdoba hay 281 menores tutelados por la Junta de Andalucía que disfrutan de un acogimiento familiar. De ellos, un 52% conviven con su familia extensa (tíos, abuelos, hermanos, etc.) y el 48% lo hace con familias ajenas acogedoras.

En los dos últimos años, gracias a la solidaridad de las familias cordobesas y al desarrollo del programa de acogimiento de urgencia se han reducido en un 57% el número de menores de 7 años que residen en centros, pasando a ser sólo 7 a día de hoy, mientras que 12 residen con una familia de urgencia.

Igualmente, se ha logrado aumentar considerablemente el número de familias ajenas que han pasado de acoger a 72 niños en 2009, a los más 130 actuales, es decir, un incremento del 84%.

Además, durante el año 2012 se constituyeron 74 nuevos acogimientos familiares y el número de menores con esta medida creció un 2% con respecto a 2011.

Información sobre el Programa de Acogimiento La Consejería de Salud y Bienestar Social dispone de una línea telefónica (902-102-227), en la que un equipo de profesionales proporciona a las personas interesadas toda la información que necesiten sobre el programa de acogimiento y cómo se puede colaborar con esta medida de protección de la infancia, según ha recordado la delegada territorial, que ha hecho un llamamiento a la solidaridad de las familias andaluzas en relación al acogimiento de menores.

Las familias interesadas deben pasar una declaración de idoneidad para realizar el acogimiento, un estudio de carácter gratuito que elaboran equipos de profesionales de las instituciones colaboradoras, a través de sesiones informativas y formativas, y entrevistas psicosociales. Posteriormente, una vez iniciado el proceso de acogimiento, al igual que ocurre con la adopción, un equipo de profesionales se encarga también de hacer un seguimiento de la situación del menor y de dar apoyo a la familia.

El acogimiento familiar es la convivencia e integración de un niño o una niña en una familia, cuando deben ser separados de sus padres o tutores. Se evita de esta forma su estancia en centros de protección, les permite desarrollarse en una familia y mantener su vinculación con sus padres y madres y hermanos y hermanas. El acogimiento familiar es incompatible con el acogimiento preadoptivo o la adopción, que conllevan la ruptura de vínculos del menor con su familia biológica.

Existen varias modalidades de acogimiento: simple, cuando se prevé una reinserción a corto plazo del menor con la familia biológica, y tiene un plazo máximo de dos años. Y permanente, cuando la situación de la familia biológica aconseja una integración más duradera con otra familia y que puede llegar hasta la mayoría de edad del menor.

 

 

 

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