Cabra

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El alcalde de Cabra emite un Bando Municipal relativo a las terrazas de los bares

CABRA. El alcalde de Cabra, Fernando Priego, ha emitido un Bando Municipal, aclaratorio para toda la vecindad, relativo a la colocación, horarios y tasas de los veladores de las terrazas de los bares, el cual les reproducimos en su integridad

BANDO VELADORES

La situación generada por la crisis sanitaria del COVID-19 ha afectado de forma importante a varios sectores de la economía local. Para paliar sus efectos el Ayuntamiento de Cabra ha aprobado un Plan Económico y Social de más de 875.000€ para ayudar a paliar los efectos adversos en las empresas y en las familias egabrenses.

Uno de los sectores más afectados es el de la hostelería, que junto al comercio, han visto su actividad totalmente parada durante semanas. La paulatina reapertura de establecimientos hosteleros está además supeditada a una variada normativa desde el punto de vista sanitario que les sigue obligando a importantes restricciones que afectan a la viabilidad económica de estos negocios.

Es por ello, que el Ayuntamiento de Cabra, tras el acuerdo alcanzado con los representantes del sector, se ha comprometido a dictar este BANDO en el que se incluyen las exigencias impuestas por la normativa en vigor con carácter general así como las ayudas aprobadas por el consistorio para ayudar a la hostelería egabrense a salir adelante.

1. AUTORIZACIONES DE TERRAZAS.

El Ayuntamiento tramitará las distintas solicitudes para las instalación de terrazas presentadas por los hosteleros en tiempo y forma. Estas autorizaciones en número y espacio tendrán validez mientras no existan otras restricciones impuestas por normativa de ámbito superior al municipal.

Los hosteleros estarán obligados a cumplir y el Ayuntamiento estará obligado a autorizar el número de veladores que esté permitido por la normativa estatal mientras dure el Estado de Alarma o una vez finalizado cualquier otra disposición normativa de obligado cumplimiento que afecte al distanciamiento social, medidas de higiene y número de veladores autorizados. EL Ayuntamiento, con independencia de la autorización anual del número de veladores solicitado por cada hostelero, solo liquidará las cuantías correspondientes a los veladores efectivamente autorizados y disfrutados según la normativa excepcional motivada por la crisis sanitaria.

Aquellos hosteleros que ya estén desarrollando su actividad y que no hayan presentado solicitud de veladores para este ejercicio pero que motivados por la crisis que vivimos hubieran pensado en hacerlo podrán solicitarlo en el Ayuntamiento, en el plazo que se abrirá a tal efecto, y su autorización estará condicionada a que puedan cumplirse con las distintas disposiciones normativas, tanto las extraordinarias de ámbito nacional y regional, como la ordenanza que regula la instalación de veladores en nuestra ciudad.

Aquellos hosteleros que quieran solicitar mientras duren las restricciones por la crisis sanitaria una ampliación del 50% de la terraza tal y como permite la normativa estatal siempre que se cumplan determinados requisitos podrán hacerlo solicitándolo al Ayuntamiento de forma expresa aportando un plano a escala 1:100 que no será necesario que esté visado ni realizado por técnico especialista. Para que dicha autorización sea efectiva deberá resolver de forma expresa el Ayuntamiento una vez sea comprobada que dicha solicitud es compatible con la normativa en vigor.

2. PAGO DE LA TASA POR OCUPACIÓN DE VÍA PÚBLICA.

Los Grupos Políticos que conforman el Pleno del Ayuntamiento de Cabra acordaron en la Mesa de Hostelería realizar los cambios normativos necesarios, dentro del marco legal que permita la ley, para que el sector de la hostelería pueda beneficiarse de un año completo en el que la instalación de veladores no estaría sujeta al pago de la tasa municipal por ocupación de vía pública. Una vez evacuados los correspondientes informes técnicos, en cumplimiento de la normativa en vigor, y para garantizar ese año completo exento de la mencionada tasa, así como mejorar la liquidez de las empresas del sector, se han adoptado las siguientes medidas y compromisos públicos

El Ayuntamiento de Cabra se ve obligado, por imperativo legal, a liquidar la tasa de veladores del año 2020, ya que la obligación de pago se devenga en el momento de la solicitud de los veladores conforme a lo estipulado en la ordenanza municipal en vigor, al no tener carácter retroactivo la modificación aprobada en el pasado Pleno del mes de mayo. Sin embargo, con el objetivo de ayudar a mejorar la liquidez de las empresas en este duro año, la liquidación del ejercicio 2020 se hará en el ejercicio 2021, para que este año el sector de la hostelería no tenga que afrontar el pago de dicha tasa. En dicha liquidación el Ayuntamiento de Cabra no liquidará la tasa municipal de veladores durante el tiempo en el que la actividad no ha estado permitida por imperativo legal. Igualmente liquidará el porcentaje de veladores permitido por la normativa vigente en cada fase de la desescalada.

Así mismo para compensar el pago de la tasa del ejercicio 2020 el Ayuntamiento de Cabra se compromete a eliminar el pago de la tasa de veladores durante todo el ejercicio 2021, en el que la ocupación de la vía pública por veladores será gratuita. Garantizando de esta forma un año completo de gratuidad en la instalación de veladores en la vía pública.

La disposición transitoria aprobada por el Ayuntamiento de Cabra en el Pleno de Mayo para dejar sin efecto el pago de la tasa de veladores durante el ejercicio 2020 tendrá efecto desde la entrada en vigor de dicha modificación para aquellas solicitudes presentadas desde esa fecha y para aquellos establecimientos de nueva apertura que soliciten instalación de terraza con veladores.

3. MEDIDAS DE IMPULSO ECONÓMICO.

El Ayuntamiento ha aprobado un paquete de ayudas a fondo perdido de 327´00 euros para los establecimientos que se han visto abocados al cierre, entre los que se encuentra la hostelería. Las bases para la solicitud de las ayudas se encuentran en periodo de información pública en el Boletín Oficial de Provincia. Tan pronto se cumplan los plazos administrativos legalmente establecidos se realizará la convocatoria pública de las mismas para que todos los interesados las puedan solicitar hasta agotar el presupuesto aprobado en el Plan Económico y Social para luchar contra los efectos del Coronavirus aprobado por éste Ayuntamiento.

Igualmente el Ayuntamiento se compromete a iniciar campañas de promoción del consumo local en comercios y hostelería de la localidad a nivel municipal, provincial y regional.

4. HORARIOS

Los horarios autorizados para las terrazas son los mismos permitidos hasta la declaración del estado de alarma. La ampliación de los mismos será de una hora adicional para los viernes, sábados y festivos. Esta autorización estará condicionada al efectivo cumplimiento del horario establecido y, en todo caso, a una efectiva garantía del respeto al resto de los derechos que asisten al conjunto de los vecinos.

5. MEDIDAS HIGIÉNICO SANITARIAS

Los establecimientos hosteleros y de restauración podrán reabrir al público para consumo en el local, salvo las discotecas y bares de ocio nocturno, siempre que no superen el 40% de su aforo.

El consumo dentro del local únicamente podrá realizarse sentado en mesa o reagrupaciones de mesas y, preferentemente, mediante reserva previa. No se admitirá el autoservicio en barra por parte del cliente.

El servicio en las terrazas al aire libre se mantiene conforme a la orden de aplicación de la fase 1. En todos los casos manteniendo la distancia mínima de dos metros.

La orden recoge, además, la reapertura al público de las zonas comunes de los hoteles y alojamientos turístico siempre que no se supere un tercio de su aforo. Las actividades de animación o clases grupales tendrán un aforo máximo de veinte personas, evitando el intercambio de objeto, preferentemente al aire libre y respetando la distancia mínima de seguridad entre todos los participantes. En caso contrario, se deberán utilizar mascarillas. Además, se mantendrá la correspondiente desinfección de objetos y material utilizado.

En cuanto a las actividades de turismo activo y de naturaleza se podrán realizar para grupos de hasta veinte personas.