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El Pleno de Puente Genil aprobará el inicio del expediente para la resolución del contrato de la piscina cubierta

OBRAS. El equipo de gobierno municipal presentará a la sesión plenaria del presente mes de enero una propuesta de inicio del expediente administrativo para la resolución del contrato con Global Sport Group 4, entidad que gestiona la piscina cubierta, “por una manifiesta incompetencia en su ejecución”, según recoge el informe realizado por la Secretaria General del consistorio y que hacía público en la mañana de hoy jueves el portavoz municipal, José Antonio Gómez.

El mencionado informe que había sido solicitado el equipo de gobierno, explicó el portavoz, tenía como objetivo “determinar el tipo de incumplimientos que se estaban dando por parte del concesionario del servicio de actividades deportivas municipales en la piscina cubierta a raíz de la constatación de reiterados retrasos en el pago de nóminas de los trabajadores así como de la existencia de dificultades para cumplir con el correcto mantenimiento de la instalación, tal y como establece el contrato al riesgo y ventura que se firmara el 28 de abril de 2017”.

Gómez señaló que para llegar a la tipificación de “manifiesta incompetencia”, la Secretaría General ha realizado un repaso cronológico de todos aquellos momentos, informes técnicos, escritos presentados por los trabajadores a finales de 2019 o actas de las comisiones de seguimiento que suponen una prueba objetiva de la existencia de incumplimientos, tanto por el retraso en el pago de nóminas como por problemas en el mantenimiento de la instalación, algo que también se constata en el informe externo solicitado por este ayuntamiento y que se llevó a cabo entre enero y marzo de 2020.

En este sentido, tal y como establece el informe en el que se basa la propuesta a Pleno, al proponerse la resolución por causa imputable al contratista, se propondrá la incautación de la garantía definitiva que se formalizó antes de la firma del contrato, que asciende a la cantidad de 41.791,31 euros, así como otorgar trámite de audiencia al concesionario, avalista o asegurador del contrato, para presentar sus alegaciones en un plazo máximo de 10 días.

Por último, José Antonio Gómez aclaró que, si el contratista formulase alegación sería necesario solicitar dictamen al Consejo Consultivo de Andalucía, señalando que “sin tener en cuenta el plazo de tiempo que vaya desde que se haga la petición hasta la emisión del mencionado dictamen, el plazo máximo de resolución es de 3 meses a contar desde la fecha del acuerdo de iniciación”.