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Nuevas distancias entre farmacias

ANDALUCÍA.      

El Consejo de Gobierno de la Junta ha aprobado el decreto que regula los criterios técnicos para la medición de distancias entre las farmacias, y entre ellas y cualquier centro asistencial del sistema sanitario público de Andalucía. La norma determina también el procedimiento que debe aplicarse en la designación de locales para traslados e instalación de estos establecimientos.

La legislación autonómica fija en 250 metros la distancia mínima entre dos oficinas, en funcionamiento o que hayan obtenido autorización, y de entre 100 y 200 respecto a los centros sanitarios (también los que se encuentren en fase de proyecto).

Siguiendo estos requisitos, el decreto aprobado dispone que las distancias en los nuevos locales se medirán desde el punto de la fachada más cercano a la otra oficina o centro hasta el punto más cercano del perímetro del terreno o fachada del otro solar de referencia, siguiendo el camino más corto por una vía pública.
Actualmente se encuentra en fase de designación de locales el primer concurso público para la adjudicación de 377 farmacias de acuerdo con la normativa andaluza.

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