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Los menores de 16 podrán acceder a conciertos acompañados por sus responsables legales

ANDALUCÍA. Los menores de 16 años, acompañados por sus responsables legales o personas autorizadas, podrán acceder a los establecimientos públicos durante la celebración de conciertos de música u otras manifestaciones culturales en vivo. Esta es la principal novedad recogida en la modificación del Reglamento General de la Admisión de Personas en los Establecimientos de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas, vigente desde 2003, que ha aprobado el Consejo de Gobierno.
 
Este acceso, hasta ahora prohibido, se autorizará si así lo permite la persona titular del establecimiento o la organizadora del espectáculo y solo durante el tiempo de una actuación en directo, con independencia de que sigue vigente la prohibición de venta y suministro de bebidas alcohólicas o tabaco a menores de 18 años establecida en la Ley de Prevención y Asistencia en Materia de Drogas. En el caso de los festivales de música, las condiciones de acceso se fijarán en la correspondiente autorización municipal.
 
El cambio normativo cumple con lo dispuesto en la proposición no de ley aprobada por unanimidad en el Parlamento andaluz en 2016 para la defensa de la cultura y la música en Andalucía. En virtud de la misma, la Junta ya incorporó el pasado mes de julio la modalidad de actuaciones en directo de pequeño formato en establecimientos de hostelería, como bares y restaurantes, donde no estaban permitidos este tipo de celebraciones.
 
La modificación del reglamento aprobada también recoge la obligación expresa de que los menores de tres años se encuentren siempre acompañados por su personas legalmente responsables u otra mayores de edad autorizadas en los establecimientos dedicados a la celebración de espectáculos públicos o al desarrollo de actividades recreativas.