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El plazo para impugnar las cláusulas abusivas en Hipotecas concluye el 16 de Junio

CÓRDOBA.    

El Colegio de Abogados de Córdoba recuerda que el próximo 16 de junio finaliza el plazo para que los ciudadanos afectados por un proceso de ejecución hipotecaria, en el que aún no se haya producido el lanzamiento, puedan alegar la existencia de cláusulas abusivas en los contratos de préstamo con garantía hipotecaria

A consecuencia de la sentencia dictada por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea el pasado 14 de Marzo de 2013, se ha dictado Ley 1/2013 de 14 de Mayo, de medidas para reforzar la protección a los deudores hipotecarios, reestructuración de deuda y alquiler social, por la que se quiere impedir que el procedimiento judicial pueda cerrarse sin que la parte ejecutada pueda alegar la existencia de cláusulas abusivas en los contratos de préstamo con garantía hipotecaria, lo que
hasta el momento de entrada en vigor de esta Ley no era posible.

En aplicación de lo establecido en la Disposición Transitoria Cuarta, relativa a Régimen transitorio en los procesos de ejecución, de tal ley, los deudores hipotecarios disponen del plazo de un mes, contado a partir de la entrada en vigor de la
misma que lo fue el quince de mayo, para poder alegar la existencia de cláusulas abusivas en los contratos de préstamo con garantía hipotecaria, cuando aun no se haya producido el lanzamiento de la vivienda.

Esta posibilidad de alegar la existencia de cláusulas abusivas en los contratos de préstamo con garantía hipotecaria se establece en dos supuestos:

-Cuando el procedimiento se encuentre dentro del plazo de oposición de 10 días que se concede en las ejecuciones hipotecarias.
-Cuando ese plazo de diez días haya finalizado, pero aun no se haya producido el lanzamiento.

Por lo tanto, al haberse establecido la posibilidad de formular este incidente extraordinario, en el que el deudor hipotecario pueda hacer valer los motivos de oposición que considere y que además tiene como efecto inmediato la suspensión del curso del procedimiento hasta la resolución del incidente; es por lo que se considera necesario hacer un llamamiento a todos los que puedan ser afectados por la cuestión, instándoles a que formulen los motivos de oposición a las cláusulas de la hipoteca dentro del referido plazo de UN MES.

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