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En 2016 se recogieron en Andalucía 564 toneladas de residuos de pilas y acumuladores portátiles

MEDIO AMBIENTE. La Consejería de Medio Ambiente ha suscrito un convenio de colaboración con la Federación Andaluza de Municipios y Provincias (FAMP) y los Sistemas de responsabilidad ampliada del productor de residuos de pilas y acumuladores (SCRAP) para avanzar en la recogida selectiva y el posterior tratamiento de este tipo de residuos en la comunidad autónoma.

Este acuerdo, de carácter voluntario y con una vigencia de cuatro años, persigue el desarrollo de sistemas de recogida selectiva con criterios de aceptación social, eficiencia técnica y viabilidad ambiental y económica. También contempla establecer los mecanismos que garanticen esa recogida, las medidas para la financiación, así como las actuaciones de comunicación social, a través de campañas de concienciación, tendentes a sensibilizar a la población con vistas a facilitar la consecución de los objetivos medioambientales pretendidos.

Las pilas y acumuladores puestos en el mercado en Andalucía en 2016 fueron casi 100 millones de unidades, que alcanzan un peso de 2.155,71 toneladas. A través de los sistemas que operan en Andalucía, en ese año, se recogieron 564 toneladas de residuos de pilas y acumuladores portátiles, lo cual supone un índice de recogida de casi un 30%, mientras que la media nacional se sitúa en torno al 40%. Asimismo, el índice de recogida establecido como objetivo en el Real Decreto es del 45% a partir del 31 de diciembre de 2015.

No obstante, la serie histórica de datos refleja que en Andalucía se han duplicado los puntos de recogida pasando de unos 4.000, aproximadamente, a 8.000 y que han aumentado notablemente las toneladas recogidas.

El ámbito legislativo que atañe a la puesta en el mercado y gestión de las pilas y acumuladores ha experimentado novedades en los últimos tiempos con la aprobación del Real Decreto también en 2015 sobre pilas y acumuladores y la gestión ambiental de sus residuos, el cual modifica al Real Decreto de 2008 y traspone al ordenamiento jurídico español la Directiva Europea. Este Real Decreto limita la puesta en el mercado de ciertas pilas con determinados componentes, dependiendo del destino. Entre otros muchos asuntos, se establecen nuevos objetivos de recogida, ampliando el concepto de índice de recogida a los acumuladores industriales y de automoción.